martes, 7 de enero de 2014

El Principio de legalidad y la Doctrina Parot

Es difícil retrotraerse a la visceralidad y ponerse en apariencia en contra de la opinión pública. Sin embargo, mi concepto del deber así me lo exige.

Desde que el tribunal de Estrasburgo “condenó” a España a retirar la llamada “Doctrina Parot”, día sí, y día también no faltan las alusiones a tal decisión en los medios de comunicación (No podría y no debería ser de otra forma) Pero no deja de sorprenderme el descaro de algunos de estos medios en el intento de deformar la realidad, con el único objeto de justificar lo injustificable y enfrentar al pueblo contra el pueblo, y por ende, contra el Estado. No olvidemos, que nosotros somos el Estado.

Empezaré por decir, que aquellos que negaron el derecho a la vida a cientos de personas inocentes con la supuesta justificación de un ideal, no merecen que se les respete ese mismo derecho. Es más, aquellos que libre y voluntariamente decidieron reventar con sus bombas en viles actos cargados de insana cobardía y a traición a niños, mujeres, y hombres, todos ellos inocentes, decidieron en ese mismo momento separarse de la especie humana. Pues quien no respeta la vida de sus semejantes, poco respeto puede exigir por la suya como parte integrante de la misma especie. Por ello, yo personalmente, les niego no solo el derecho a la vida, sino cualquier otro que como supuestos humanos pudieran reclamar.

Pero a pesar de esto, y aunque me ocasione repugnancia y nausea, he de admitir que las leyes están para cumplirse. Y no debemos olvidar que las leyes son eso, leyes. Pueden ser o no justas pero no por injustas dejan de ser leyes. La Justicia por desgracia, no es más que el ideal al que el Derecho aspira. Un ideal más, que como tantos otros es difícil de alcanzar, y hablar de Justicia en España, país en el que el delincuente goza de mayor protección jurídica que la víctima es como hablar de los leones del Polo Norte..

Uno de lo pilares fundamentales del Derecho es el Principio de Legalidad.

Este postulado fundamental del Derecho Penal, surge tras la caída del Absolutismo. Como conquista humana, surge en La Ilustración, en la que encuentra su fundamentación política. Se implanta junto con el Estado surgido de la Revolución Francesa. Inicialmente, es una garantía del ciudadano frente al Estado. En su origen, el Principio de Legalidad, persigue el sometimiento del Estado a la ley. La garantía de la Seguridad Jurídica como parte de los derechos fundamentales de la persona.

El Principio de Legalidad, contiene unas garantías divididas en dos grandes grupos: Garantías legales, que afectan a todas las leyes penales y que exige sean claras, precisas, escritas, estrictas e irretroactivas. Y Garantías formales o procesales, y que se refieren a que órganos tienen la potestad de dictar leyes, la precisión de los órganos encargados de aplicarlas, y a gobernar la ejecución de las penas.

El Principio de Legalidad, es indisociable del Estado de Derecho. Sin embargo, y a pesar de que como ya he dicho, constituye una garantía para el ciudadano frente a la arbitrariedad del Estado, en la primera mitad del pasado siglo, fue tildado de “Liberal”, (lo era), y por ello, incompatible con el sentir del pueblo y “la raza”. La Analogía, la Retroactividad, la imprecisión de delitos y penas se imponía a la legalidad al mismo tiempo que se destruía el Estado de Derecho. Esto sucedió en la Alemania nazi y también, aunque con distinta justificación en la Unión Soviética con el Código de Defensa Social de 1926. En los dos casos, la supresión del Principio de Legalidad se operó mediante leyes.

Este principio, se halla consagrado en el Art. 7.1.1 de la Convención Europea de los Derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales de 4 de Noviembre de 1950. También en el Art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de la ONU, ambos suscritos por España. Y de este principio, deriva la Seguridad Jurídica.

La Seguridad Jurídica, como “figura” del Derecho, nos afecta a todos, Viviendo en sociedad, todo individuo por acción u omisión, incluso de forma involuntaria, puede caer en el delito. Así, la Seguridad Jurídica, garantiza que bajo ninguna circunstancia la pena que corresponde a determinado ilícito se verá alterada, y esto, incluye a las condiciones de su cumplimiento. Al amparo de esta figura, surge La Irretroactividad de las Leyes Penales. Ntra. Constitución la recoge en su Título Preliminar Art. 9.3, y en el 25.1.

Y es por esto, por ignorar este sencillo principio por lo que nos enfrentamos a esta ridícula e ignominiosa situación.

Cuando en Noviembre de 2003 entra en vigor la Reforma del Código Penal (una más), mediante LO 15/2003 basada posiblemente en la buena voluntad del Gobierno de D. José Mª Aznar para que las penas se cumpliesen íntegramente, había en nuestras cárceles decenas de condenados por delitos de terrorismo, violación, asesinato, etc. cumpliendo condena, y que había cometido sus delitos con anterioridad a la entrada en vigor de esta reforma. Amparados por la Seguridad Jurídica, tenían la certeza de que ni la pena, ni su forma de cumplimiento se verían alteradas (salvo que les beneficiase).

Hasta entonces, el tiempo máximo de permanencia en prisión por uno o varios delitos, era de treinta años. Pero la forma de cumplimiento, permitía la reducción de este periodo si el penado trabajaba, estudiaba (a nuestra costa), o…, se portaba “bien”. Esta fórmula se conoce como redención de penas por el trabajo, fue instaurada por Franco, y a ninguno de nuestros “sesudos políticos” hasta el día de hoy, le ha dado por erradicarla. En lugar de esto, se ha optado por la chapuza.

Lo que se pretendía con la Reforma del Gobierno de Aznar, era que esa redención de penas se aplicara no al máximo legal permitido de cumplimiento (treinta años), sino una a una a todas las condenas impuestas al penado, o, de haber solo una al tiempo de la condena fijado en la sentencia.

La intención, era buena. Pero…, no se podía, no se debía llevar a cabo. Y me consta que se les advirtió de las consecuencias. O ¿acaso alguien cree que los magistrados del Supremo a quienes se consultó para elaborar la Reforma ignoran las leyes, los tratados internacionales, el Derecho, y su espíritu?. Entonces, ¿porqué?. Fácil, contentar a la opinión pública que tras los últimos atentados estaba exaltada, ganar tiempo, y cuando la “chapuza” estalle, ya buscaremos “culpables” (Estrasburgo). Así de sencillo, porque así se gobierna en España.
Entonces, si Estrasburgo hizo lo correcto, ¿quién es el responsable?. También es fácil: Nuestros gobernantes, nuestros políticos, y sobre todo, nosotros por permitirlo.

Nuestra legislación, en el siglo XXI, no aguanta más reformas. Nuestro “Corpus Iuri”, es un auténtico “batiburrillo” en ocasiones demencial, excesivo, e hipertrofiado. Es necesaria una nueva elaboración de nuestras leyes. Es necesaria la incorporación de la “Cadena Perpetua” una vez visto el fracaso de la finalidad de las penas (La Reinserción Social del Delincuente), pero no la cadena perpetua de la Sta. Pepis que nos quieren colar, no. Cadena perpetua de verdad en la que la víctima tenga voz a la hora de ser revisada al igual que en EE.UU.

Y por último, pensemos que si esto ocurre, es porque nosotros con nuestra asquerosa pasividad lo estamos permitiendo. Personalmente, apoyaría la creación de algún tipo de organización pública o privada, destinada “borrar” del mapa a estos hijos de puta, a quienes insisto, niego la condición humana, y exijo a nuestros gobernantes Valor. Virtud, de la que por desgracia andan escasos.

¿Qué dijo Margaret Tatcher en el Parlamento Británico cuando fue interpelada en relación a la muerte de dos terroristas del IRA en Gibraltar? Sin despeinarse si quiera: He sido yo ¿y qué?.

Aquí, por el contrario, veremos a nuestro “Premier” jugar a la petanca con Bolinaga. ¡¡España!!


Pero no puedo, y de verdad que lo siento, criticar a Estrasburgo por hacer lo correcto. Pedir la aplicación de la Doctrina Parot, es pedir la violación del Espíritu del Derecho. Las leyes, nos gusten o no, han de ser respetadas pues en sociedad rigen nuestra convivencia. Y si no nos gustan, como es el caso, luchemos para hacer comprender a nuestros políticos que deben esforzarse un poco más, que lo están haciendo muy mal, que están gobernando de espaldas al pueblo en general, y a sus votantes en particular, que no todo es economía. Pero jamás violarlas. Si lo hacemos, si permitimos que se haga, antes, he citado dos tristes ejemplos de las consecuencias.

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