Es difícil retrotraerse a la visceralidad y ponerse en
apariencia en contra de la opinión pública. Sin embargo, mi concepto del deber
así me lo exige.
Desde que el tribunal de Estrasburgo “condenó” a España a
retirar la llamada “Doctrina Parot”, día sí, y día también no faltan las
alusiones a tal decisión en los medios de comunicación (No podría y no debería
ser de otra forma) Pero no deja de sorprenderme el descaro de algunos de estos
medios en el intento de deformar la realidad, con el único objeto de justificar
lo injustificable y enfrentar al pueblo contra el pueblo, y por ende, contra el
Estado. No olvidemos, que nosotros somos el Estado.
Empezaré por decir, que aquellos que negaron el derecho a la
vida a cientos de personas inocentes con la supuesta justificación de un ideal,
no merecen que se les respete ese mismo derecho. Es más, aquellos que libre y
voluntariamente decidieron reventar con sus bombas en viles actos cargados de
insana cobardía y a traición a niños, mujeres, y hombres, todos ellos inocentes,
decidieron en ese mismo momento separarse de la especie humana. Pues quien no
respeta la vida de sus semejantes, poco respeto puede exigir por la suya como
parte integrante de la misma especie. Por ello, yo personalmente, les niego no
solo el derecho a la vida, sino cualquier otro que como supuestos humanos
pudieran reclamar.
Pero a pesar de esto, y aunque me ocasione repugnancia y nausea,
he de admitir que las leyes están para cumplirse. Y no debemos olvidar que las
leyes son eso, leyes. Pueden ser o no justas pero no por injustas dejan de ser
leyes. La Justicia por desgracia, no es más que el ideal al que el Derecho
aspira. Un ideal más, que como tantos otros es difícil de alcanzar, y hablar de
Justicia en España, país en el que el delincuente goza de mayor protección
jurídica que la víctima es como hablar de los leones del Polo Norte..
Uno de lo pilares fundamentales del Derecho es el Principio de Legalidad.
Este postulado fundamental del Derecho Penal, surge tras la
caída del Absolutismo. Como conquista humana, surge en La Ilustración, en la
que encuentra su fundamentación política. Se implanta junto con el Estado
surgido de la Revolución Francesa. Inicialmente, es una garantía del ciudadano
frente al Estado. En su origen, el Principio de Legalidad, persigue el
sometimiento del Estado a la ley. La garantía de la Seguridad Jurídica como
parte de los derechos fundamentales de la persona.
El Principio de Legalidad, contiene unas garantías divididas
en dos grandes grupos: Garantías legales, que afectan a todas las leyes penales
y que exige sean claras, precisas, escritas, estrictas e irretroactivas. Y Garantías formales o procesales, y que se refieren
a que órganos tienen la potestad de dictar leyes, la precisión de los órganos
encargados de aplicarlas, y a gobernar la ejecución de las penas.
El Principio de Legalidad, es indisociable del Estado de
Derecho. Sin embargo, y a pesar de que como ya he dicho, constituye una
garantía para el ciudadano frente a la arbitrariedad del Estado, en la primera
mitad del pasado siglo, fue tildado de “Liberal”, (lo era), y por ello, incompatible
con el sentir del pueblo y “la raza”. La Analogía, la Retroactividad, la
imprecisión de delitos y penas se imponía a la legalidad al mismo tiempo que se
destruía el Estado de Derecho. Esto sucedió en la Alemania nazi y también,
aunque con distinta justificación en la Unión Soviética con el Código de
Defensa Social de 1926. En los dos casos, la supresión del Principio de
Legalidad se operó mediante leyes.
Este principio, se halla consagrado en el Art. 7.1.1 de la
Convención Europea de los Derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales
de 4 de Noviembre de 1950. También en el Art. 11 de la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre de la ONU, ambos suscritos por España. Y de este
principio, deriva la Seguridad Jurídica.
La Seguridad Jurídica, como “figura” del Derecho, nos afecta
a todos, Viviendo en sociedad, todo individuo por acción u omisión, incluso de
forma involuntaria, puede caer en el delito. Así, la Seguridad Jurídica,
garantiza que bajo ninguna circunstancia la pena que corresponde a determinado
ilícito se verá alterada, y esto, incluye a las condiciones de su cumplimiento.
Al amparo de esta figura, surge La Irretroactividad de las Leyes Penales. Ntra.
Constitución la recoge en su Título Preliminar Art. 9.3, y en el 25.1.
Y es por esto, por ignorar este sencillo principio por lo que
nos enfrentamos a esta ridícula e ignominiosa situación.
Cuando en Noviembre de 2003 entra en vigor la Reforma del
Código Penal (una más), mediante LO 15/2003 basada posiblemente en la buena
voluntad del Gobierno de D. José Mª Aznar para que las penas se cumpliesen
íntegramente, había en nuestras cárceles decenas de condenados por delitos de
terrorismo, violación, asesinato, etc. cumpliendo condena, y que había cometido
sus delitos con anterioridad a la entrada en vigor de esta reforma. Amparados
por la Seguridad Jurídica, tenían la certeza de que ni la pena, ni su forma de
cumplimiento se verían alteradas (salvo que les beneficiase).
Hasta entonces, el tiempo máximo de permanencia en prisión
por uno o varios delitos, era de treinta años. Pero la forma de cumplimiento,
permitía la reducción de este periodo si el penado trabajaba, estudiaba (a
nuestra costa), o…, se portaba “bien”. Esta fórmula se conoce como redención de
penas por el trabajo, fue instaurada por Franco, y a ninguno de nuestros
“sesudos políticos” hasta el día de hoy, le ha dado por erradicarla. En lugar
de esto, se ha optado por la chapuza.
Lo que se pretendía con la Reforma del Gobierno de Aznar, era
que esa redención de penas se aplicara no al máximo legal permitido de
cumplimiento (treinta años), sino una a una a todas las condenas impuestas al
penado, o, de haber solo una al tiempo de la condena fijado en la sentencia.
La intención, era buena. Pero…, no se podía, no se debía
llevar a cabo. Y me consta que se les advirtió de las consecuencias. O ¿acaso
alguien cree que los magistrados del Supremo a quienes se consultó para
elaborar la Reforma ignoran las leyes, los tratados internacionales, el
Derecho, y su espíritu?. Entonces, ¿porqué?. Fácil, contentar a la opinión
pública que tras los últimos atentados estaba exaltada, ganar tiempo, y cuando
la “chapuza” estalle, ya buscaremos “culpables” (Estrasburgo). Así de sencillo,
porque así se gobierna en España.
Entonces, si Estrasburgo hizo lo correcto, ¿quién es el
responsable?. También es fácil: Nuestros gobernantes, nuestros políticos, y
sobre todo, nosotros por permitirlo.
Nuestra legislación, en el siglo XXI, no aguanta más
reformas. Nuestro “Corpus Iuri”, es un auténtico “batiburrillo” en ocasiones
demencial, excesivo, e hipertrofiado. Es necesaria una nueva elaboración de
nuestras leyes. Es necesaria la incorporación de la “Cadena Perpetua” una vez
visto el fracaso de la finalidad de las penas (La Reinserción Social del
Delincuente), pero no la cadena perpetua de la Sta. Pepis que nos quieren
colar, no. Cadena perpetua de verdad en la que la víctima tenga voz a la hora
de ser revisada al igual que en EE.UU.
Y por último, pensemos que si esto ocurre, es porque nosotros
con nuestra asquerosa pasividad lo estamos permitiendo. Personalmente, apoyaría
la creación de algún tipo de organización pública o privada, destinada “borrar”
del mapa a estos hijos de puta, a quienes insisto, niego la condición humana, y
exijo a nuestros gobernantes Valor. Virtud, de la que por desgracia andan
escasos.
¿Qué dijo Margaret Tatcher en el Parlamento Británico cuando
fue interpelada en relación a la muerte de dos terroristas del IRA en
Gibraltar? Sin despeinarse si quiera: He sido yo ¿y qué?.
Aquí, por el contrario, veremos a nuestro “Premier” jugar a
la petanca con Bolinaga. ¡¡España!!
Pero no puedo, y de verdad que lo siento, criticar a
Estrasburgo por hacer lo correcto. Pedir la aplicación de la Doctrina Parot, es
pedir la violación del Espíritu del Derecho. Las leyes, nos gusten o no, han de
ser respetadas pues en sociedad rigen nuestra convivencia. Y si no nos gustan,
como es el caso, luchemos para hacer comprender a nuestros políticos que deben
esforzarse un poco más, que lo están haciendo muy mal, que están gobernando de
espaldas al pueblo en general, y a sus votantes en particular, que no todo es
economía. Pero jamás violarlas. Si lo hacemos, si permitimos que se haga,
antes, he citado dos tristes ejemplos de las consecuencias.
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